En el años 2006, un informe del Grupo Especial de la OMC abordó el examen de las medidas de la Comunidad Europea y de sus Estados Miembros en materia de aprobación y comercialización de productos biotecnológicos. Al menos tres de ellas fueron consideradas como incompatibles con las reglas de la OMC. Se trataba de la moratoria de la Comunidad Europea en la adopción de normas sobre el etiquetado, el rechazo del examen de las solicitudes individuales de aprobación por algunos Estados Miembros, y las medidas de salvaguarda contra los productos aprobados tomadas también por algunos Estados Miembros.Sin embargo, esta incompatibilidad se encuentra limitada en la actualidad por diversas razones. Entre las mismas, podemos aludir al abandono de la moratoria de facto instaurada por la Comunidad Europea y la superación de la situación, en cuanto a las medidas nacionales, por la evolución de la legislación comunitaria. Por este motivo, resulta muy interesante hacer un estudio de la situación, una vez superada la moratoria de facto, de las medidas normativas adoptadas por los Estados Miembros a nivel nacional y regional en la aplicación de las normas comunitarias, con especial referencia a Francia y España, dos Estados con posturas muy diferentes en estas cuestiones.
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