En noviembre de 1972, durante una convención de la UNESCO, se concluyó que hay lugares que son de tal valor universal que su desaparición constituiría un empobrecimiento de la herencia de toda la Humanidad. Con este fin, se establecieron mecanismos para la conservación y protección de esta herencia y desde entonces se obliga por ello a todos los Estados a que proporcionen identificación sobre esos lugares para asegurar su protección, conservación, presentación y transmisión a las generaciones futuras de esta Herencia del Mundo.
Como consecuencia, se elaboró una Lista de Patrimonios de la Humanidad basada en su valor excepcional para el mundo, cuya valoración para la inclusión en esta lista de Patrimonios de la Humanidad es llevada a cabo por un comité con referencia a dos criterios: uno para la herencia cultural y otro para la herencia natural.
Como consecuencia, se elaboró una Lista de Patrimonios de la Humanidad basada en su valor excepcional para el mundo, cuya valoración para la inclusión en esta lista de Patrimonios de la Humanidad es llevada a cabo por un comité con referencia a dos criterios: uno para la herencia cultural y otro para la herencia natural.