En términos antes inimaginables, diversos factores (el derretimiento del hielo, el desarrollo tecnológico, etc.) están convirtiendo el océano Ártico en una vía marítima navegable y en una zona de explotación comercial, es decir, el Ártico está adquiriendo una nueva visibilidad internacional. La Convención sobre Derecho del Mar de 1982 no fue redactada teniendo en cuenta las extraordinarias consecuencias de la fusión del hielo en las aguas del Ártico. Como nuevo reto para el Derecho Internacional del Mar, su interpretación teleológica podría llevar a una labor constructiva en la que el significado histórico, en particular, de la Convención sobre Derecho del Mar de 1982 se adaptara normativamente a las nuevas realidades y necesidades que han conducido a la actual visibilidad del Ártico en su singularidad y en el contexto de un orden internacional interdependiente que caracteriza el mundo del siglo XXI en el que vivimos.
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