En la historia de la cultura teórico-jurídica colombiana no es posible identificar una escuela o un movimiento que corresponda con alguna de las acepciones de la locución realismo jurídico y, en términos más generales, no es posible afirmar que en el escenario jurídico colombiano se haya presentado (al menos en su versión radical) una influencia importante de la llamada rebelión contra el formalismo emprendida tanto por los realistas escandinavos como por los realistas norteamericanos (sobre la diferencia entre ambos realismos ver: el realismo jurídico escandinavo y norteamericano ). Así para la lectura de los artículos que componen la presente compilación, resulta de suma importancia precisar conceptualmente no sólo las diferentes acepciones de la locución realismo jurídico , sino también establecer cuáles de ellas pueden ser atribuidas a los postulados teóricos de los realistas suecos.
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